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APRUÉBASE EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 123, B.O. N° 622, REFERENTE A LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL EN EL ÁMBITO DE LA C.A.B.A. Buenos Aires, 16 de agosto de 2001. Visto EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°) Derógase el Decreto N° 1252-GCBA-99. Artículo 2°) Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 123, que como Anexos I) Reglamentación, II) Clasificación de Actividades, III) Formulario de Categorización, IV) Formulas Polinómicas de Categorización, V.a) y V.b) Planos Áreas Ambientalmente Críticas, VI.a) Formulario para Profesionales Universitarios, VI.b) Formulario para Consultoras, VI.c) Formulario para Profesionales No Universitarios, VI.d) Constancia de Presentación de Solicitud de Inscripción, VII), VII.a), VII.b), VII.c), VII.d) Guías de Trabajo, VIII) Tabla de Correlación y IX) Certificado de Aptitud Ambiental, forman parte integrante del presente decreto. Artículo 3°) Autorízase a la Autoridad de Aplicación a modificar los Anexos aprobados por el artículo 2º del presente decreto. Artículo 4°) El presente Decreto entra en vigencia a los treinta (30) días de su publicación. Artículo 5°) Instrúyase a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas para que adopte las medidas pertinentes para el cumplimiento del presente decreto. Artículo 6°) El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Medio Ambiente y Espacio Público, de Desarrollo Económico, de Planeamiento Urbano, de Justicia y Seguridad, de Obras y Servicios Públicos, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete. Artículo 7°) Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Secretarías de Medio Ambiente y Espacio Público, de Desarrollo Económico, de Planeamiento Urbano, de Justicia y Seguridad, de Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas y a la Jefatura de Gabinete. Cumplido, archívese. |