ANEXO II
DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY 6260
NORMA COMPLEMENTARIA SOBRE EFLUENTES GASEOSOS
Afectada y estos valores no deben ser superados bajo ninguna circunstancia.
Es una norma de Calidad del Aire, por lo que las concentraciones indicadas
corresponden a muestras de aire en las condiciones que se suponen más
desfavorables para la población afectada y estos valores no deben ser
superados bajo ninguna circunstancia.
Además de los contaminantes cuyas concentraciones máximas admisibles
se definen en la presente Norma, se adopta que también son contaminantes
del aire todas las sustancias contenidas en la Ley de Higiene y Seguridad
en el Trabajo Ley Nacional 19.587 y su Decreto Reglamentario
Nº 351/79, y hasta se definan valores específicos, sus concentraciones
sobre la población deberán ser menores al 1/3 de las concentraciones
permitidas por esa legislación.
Para todos los contaminantes posibles de ser transmitidos por vía del
aire se acepta la definición de Contaminación Atmosférica contenida
en la Ley Nacional 20284, que dice: Se entiende por contaminación
atmosférica la presencia en la atmósfera de cualquier agente físico,
químico o biológico, o de combinaciones de los mismos, en lugares, formas
y concentraciones tales que sean o puedan ser nocivos para la salud,
seguridad o bienestar de la población o perjudiciales para la vida animal
o vegetal o impidan el uso de las propiedades y lugares de recreación.
Se definen dos valores de concentración, la Concentración Admisible
para Periodos Cortos (CAPC) y la Concentración Admisible para Periodos
Largos (CAPL).
CAPC es la concentración que no deberá ser sobrepasada en periodos continuos
de 2 min. Donde ser afectados la salud y los bienes de la comunidad.
CAPL es la concentración que no deberá ser sobrepasada en periodos continuos
de 24 Hs. Donde pudieran ser afectados la salud y los bienes de la comunidad.
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CONTAMINANTES DEL AIRE
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CAPC
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CAPL
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Partículas en suspensión
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0,5 mg/m3
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0,15 mg/m3
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Monóxido de Carbono
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15 mg/m3
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3 mg/m3
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Oxido de nitrógeno (como NO2)
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0,4 mg/m3
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0,1 mg/m3
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Anhídrido sulfuroso
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0,5 mg/m3
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0,05 mg/m3
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Oxidantes (como 03)
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0,1 mg/m3
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0,03 mg/m3
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Plomo
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0,010 mg/m3
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0,001 mg/m3
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Polvo sedimentable
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0,5 mg/m3 (en 30 días)
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