Son las disposiciones relacionadas con la Actividad Agropecuaria y
Forestal, fijadas por la Ley de Ministerios No 4636/92 , en su Capítulo
VI "Del Ministerio de ECONOMIA", en su artículo 26 "Finalidades"
La promoción , estímulo y protección de las fuentes de riqueza agropecuaria
y los mineros y naturales renovables, instrumentando las medidas adoptadas
para su aprovechamiento y tutela, así como defendiendo y apoyando con
justicia el esfuerzo productivo del agro, la minera y la industria,
y proyectando el potencial económico de la Provincia.(Cap.III)
El régimen de uso del suelo y ordenamiento y planeamiento del Desarrollo
Urbano y Rural.(inc.6)
La atención de las situaciones de emergencia que se presenten en las
materias de su competencia.(inc.12).
El auspicio, apoyo y fomento de cooperativismo agrario, minero e industrial,
así como la actividad económica y financiera.(inc.24)
La instrumentación y realización de la política de protección agropecuaria,
minera e industrial.(inc.25)
La promoción y el estímulo de la producción agropecuaria, minera e
industrial, auspiciando la radicación de industrias y demás s fuentes
de trabajo.(inc.26)
El asesoramiento y la asistencia tecnológica al productor agropecuario,
minero e industrial. (inc.27)
El régimen de la policía minera y forestal tal, y de sanidad animal
y vegetal, así como la fiscalización del empleo de remedios de uso animal
y vegetal en cuanto no dependa de otro Ministerio por la afectación
de la salud de la población. (inc.31)
El régimen relativo a la Conservación y desarrollo de los recursos
naturales renovables o no, así como respecto al aprovechamiento de los
Suelos y control de la Erosión. (inc.32)
El régimen de las actividades relacionadas con los sectores agropecuarios
y forestales, y de la caza y pesca.(inc.33)
El estudio y relevamiento geológico del Suelo para el aprovechamiento
de los recursos naturales, la realización de obras o con fines de interés
general.(inc.34)
La realización de estudios o trabajos de Suelo, relacionados con su
reconocimiento, aprovechamiento y manejo, conservación, recuperación
y mejoramiento en relación con los factores climáticos, la flora, la
fauna y las prácticas agropecuarias.(inc.35)
La administración de los bosques y parques provinciales, reservas y
monumentos naturales de la Provincia.(inc.36)
La protección y fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria
y forestal, así como el desarrollo y adopción de nuevas tecnologías
de conservación de productos agropecuarios y de mejoramiento de especies
vegetales y animales con miras a obtener la mayor productividad.(inc.37)
La intervención en la instrumentación y la aplicación de un sistema
que promueva la inversión y la eficiencia en el agro y que a la vez
desaliente la tendencia improductiva y especulativa de la tierra, como
así también de las deficientemente explotadas.(inc.38)
El régimen general de la tierra rural en función social y la ejecución
de los programas de desarrollo agropecuario especialmente a través de
la Extensión agropecuaria y de las medidas tendientes a garantizar la
comercialización. (inc.39)
La coordinación de los programas regionales o sectoriales de desarrollo
agropecuario y la puesta en ejecución de las demás acciones concurrentes
que aseguren la organización racional de las actividades agrícolas ,
ganaderas, forestales e industriales. (inc.40)
OBJETIVOS GENERALES
EFECTIVIZAR LA PROTECCION, MANEJO Y CONSERVACION DE LOS RECURSOS NATURALES.
Estudiar, evaluar, cuantificar y ubicar geográficamente dentro de la
Provincia , los recursos naturales renovables disponibles; estableciendo
la normativa tendiente a su utilización racional y sostenida para evitar
su degradación, y analizando su integración a la actividad productiva
y/o recreativa.
LOGRAR UN APROVECHAMIENTO RACIONAL Y SOSTENIDO DE LOS RECURSOS FORESTALES
en los distintos ambientes de la Provincia, estudiando, evaluando e
implementando medidas de manejo y control de explotación , que integrando
a los bosques a un proceso productivo, eviten la degradación de los
ecosistemas.
PROPENDER AL MEJOR APROVECHAMIENTO DE LA RIQUEZA PECUARIA dentro de
la Provincia de Jujuy, estudiando, evaluando e implementando medidas
sanitarias y de manejo ; asesorando y fomentando sobre las acciones
más convenientes que contribuyan al desarrollo ganadero. - CONTRIBUIR
AL DESARROLLO AGRICOLA PROVINCIAL , a través del diagnóstico, evaluación
y estudio de los factores de la producción para lograr una utilización
racional y económica de los recursos disponibles; implementando medidas
o acciones que tiendan a la diversificación de la producción, mantenimiento
de la sanidad y calidad, y propendiendo a la integración de la producción
primaria a procesos industriales.
EJECUTAR LAS POLITICAS AGROPECUARIAS, FORESTALES y EN MATERIA DE RECURSOS
NATURALES, establecidas por el Gobierno de la Provincia, ya sea generadas
en los ámbitos Provinciales, Nacionales o Internacionales.
PROMOVER LA TRANSFERENCIA TECNOLOGICA Y DE INFORMACION, que permitan
mejorar la producción, orientar la comercialización y consolidar los
mercados Nacionales e Internacionales.
FOMENTAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS para las zonas de
Quebrada y Puna, con condiciones ecológicas que limitan la evolución
económica de sus pobladores; estimulando y consolidando las organizaciones
o asociaciones de productores; elaborando, gestionando y ejecutando
planes o proyectos de desarrollo agropecuario y/o forestal.
APLICAR LA LEGISLACION NACIONAL Y PROVINCIAL VIGENTES en material de
contralor forestal, agropecuario y de la fauna y flora. Proceder a la
aplicación de las leyes y reglamentaciones que establecen las normas
de producción y comercialización del tabaco. 4
OBJETIVOS ESPECIFICOS.
La Dirección tiene bajo su competencia:
La aplicación de la Ley Nacional Nro 13.273/48 de "Defensa de
la Riqueza Forestal", a la cual se encuentra adherida la Provincia
mediante Ley Provincial Nro 114/49, Ley Provincial Nro.4542/90 de
"Protección del Arbol", que regula la actividad forestal,
Ley Provincial Nº 5063 "Ley General de Medio Ambiente", Ley
de Nº de "Prevencción de Incendios Rurales y/o Forestales"
En el manejo de los Recursos Faunísticos, la aplicación de la Ley
Provincial de Caza Nro. 3014/72 y de Pesca Nro.3011/73, Ley Provincial
Nº 4203 de " Preservación de Recursos Naturales, Parques, Reservas
y Monumentos Históricos". Leyes referidas a la protección de
la Fauna.
El control fitosanitario conforme lo establece la Ley Provincial
de Sanidad Vegetal Nro. 3240/75 y su Decreto Reglamentario Nro.
1572/76; así también la Ley Provincial Nro. 4.149/85.
La aplicación de la Ley Nacional de Semillas y Creaciones Fitogenéticas
Nro. 20.247/73 y su Decreto Reglamentario Nro. 2.183/91.
El control zoo-sanitario conforme a la siguiente reglamentación: Ley
1896 CODIGO RURAL; Ley 22.375 LEY FEDERAL DE CARNES; Ley Nacional
de Fiebre Aftosa y Resoluciones vigentes para el control de la Fiebre
Aftosa, Brucelosis, Sarna, Peste Porcina , Anemia Infecciosa Equina,
etc..
La aplicación de la Ley Nacional de Fomento a la Conservación de los
Suelos Nº 22.428.
La aplicación de las leyes nacionales referidas Emergencia Agropecuaria.
La aplicación de la Ley Nacional Nro 19.800 de Control de acopio para
la actividad Tabacalera, y sus decretos reglamentarios.
DEPARTAMENTOS TECNICOS
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Dirección General de Recursos Naturales Renovables.
Ex Casino General San Martín - 4612- Palpalá, Jujuy, ARGENTINA
TE / Fax: 54 388 4271109/163
Jujuy@sernah.gov.ar
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Departamento Contable.
Ex Casino General San Martín - 4612- Palpalá, Jujuy, ARGENTINA
TE / Fax: 54 388 4271109/163 Int.33
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Departamento
de Agricultura.
Ex Casino General San Martín - 4612-
Palpalá, Jujuy, ARGENTINA
TE / Fax: 54 388 4271109/163 Int.27
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Departamento
de Puna , Fauna y Parques.
Ex Casino General San Martín
- 4612- Palpalá, Jujuy, ARGENTINA
TE / Fax: 54 388 4271109/163 Int.24
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Departamento
de Bosques.
Ex Casino General San Martín
- 4612- Palpalá, Jujuy, ARGENTINA
TE / Fax: 54 388 4271109/163 Int.17
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Departamento
de Ganadería
Ex Casino General San Martín
- 4612- Palpalá, Jujuy, ARGENTINA
TE / Fax: 54 388 4271109/163. Int.21
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Sede
Dirección: Av. El Congreso esq El Inti
Bº Loma Golf-Ex-Casino Gral San Martín CP 4612 Palpalá
- Jujuy
Teléfono: (54) (0388) 4271109
Fax: (54) (0388) 4271163
E-mail1: jujuy@medioambiente.gov.ar
E-mail2: recnatre@mail.imagine.com.ar