La Ley Provincial de Ministerios (1666, promulgada en 1996) crea la
Subsecretaría de Ecología con dependencia directa del
Poder Ejecutivo.
En su mensaje a la Cámara de Diputados el Sr. Gobernador Dr. Rubén
H. Marín expone los fundamentos: "Si bien la preservación del
ambiente y la conservación de los recursos naturales es y debe ser tarea
del conjunto de la sociedad, se creyó conveniente crear la Subsecretaría
de Ecología a efectos de planificar desde el gobierno las medidas que
amparen los intereses colectivos, para lograr una acabada especialización
que aporte una mejor calidad de vida".
La citada ley establece en su artículo 24 que la Subsecretaría de Ecología
asiste al Gobernador en todo lo relacionado a la preservación del medio
ambiente.
FUNCIONES Y COMPETENCIAS
Organizar,
ejecutar y fiscalizar la política integral de preservación de los ecosistemas
naturales.
Intervenir
en la creación y mantenimiento de parques provinciales, reservas faunísticas
o ecológicas y áreas naturales protegidas.
Intervenir
en las cuestiones referentes a la conservación, recuperación y utilización
racional de los recursos naturales, coordinando su acción con los organismos
nacionales y provinciales competentes.
Intervenir
en la conservación, recuperación y aprovechamiento integral de los bosques
y el aumento del patrimonio forestal, fomentando la implantación y conservación
de viveros.
Organigrama

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ENTE DE POLITICAS ECOLOGICAS
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Debido a que existen diversos aspectos que se plantean como concurrentes
entre autoridades de distintas áreas, se promovió la creación del Ente
de Políticas Ecológicas (Decreto 1921/96) que tiene como funciones:
Establecer
políticas integrales de la provincia en materia de ecología, contemplando
los aspectos que hacen a la materia de cada ministerio.
Fiscalizar
y asesorar sobre la ejecución de dichas políticas ecológicas en el ámbito
de cada ministerio.
Estudiar,
elaborar y proponer las normas legales tendientes a la preservación
de la calidad ambiental.
Desarrollar
los aspectos metodológicos y procedimentales que permitan regular y
controlar la calidad ambiental.
Elaborar
informes y dictámenes sobre los aspectos técnicos, económicos, sociales
y legales que presenta la problemática del medio ambiente, su preservación
y mejoramiento.
Intervenir
en actuaciones administrativas o judiciales, a solicitud de organismos
y jueces competentes, en las que se tramiten o controviertan cuestiones
atinentes a la calidad ambiental.
Estructura Funcional:
El Ente de Políticas Ecológicas es presidido por el Subsecretario de
Ecología e integrado por representantes de la Dirección de Bromatología
y Saneamiento Ambiental, de la Dirección de Aguas, de la Dirección de
Minería, de la Dirección de Defensa Civil y de la Dirección de Recursos
Naturales.
Cuando el caso lo justifique, podrán participar otras áreas de gobierno
a requerimiento del Ente o a solicitud de las mismas.
Comisión Técnica Evaluadora de Impacto Ambiental:
Depende del Ente y está integrada por técnicos de cada organismo interviniente.
Elabora los informes técnicos para resolver la aprobación o reprobación
de los estudios presentados y las correcciones o ampliaciones pertinentes.
Conforme lo resuelto, el Ente o el organismo que corresponda emite la
Declaración de Impacto Ambiental.
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CONSEJO PROVINCIAL DE ECOLOGIA
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La Subsecretaría promovió también la creación del Consejo Provincial
de Ecología, Decreto 759/96 que tiene la misión de asistir y asesorar
al Poder Ejecutivo en cuanto a protección del medio ambiente, al correcto
manejo de los recursos naturales, la preservación del patrimonio natural
y de la biodiversidad y la formación de una cultura y educación ambiental.
El Consejo será presidido por el Subsecretario de Ecología e integrado,
en forma honoraria, por representantes de organismos gubernamentales
y no gubernamentales.
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OTROS ORGANISMOS CON COMPETENCIA
AMBIENTAL
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En jurisdicción del Poder Ejecutivo:
Dirección
De Bromatología y Saneamiento Ambiental, dependiente de la Subsecretaría
de Salud Pública del Ministerio de Bienestar Social. Sede: Hospital
Lucio Molas, teléfono 21566, Santa Rosa.
Dirección
de Recursos Naturales Renovables, dependiente de la Subsecretaría de
Asuntos Agrarios del Ministerio de la Producción. Sede: Casa de Gobierno,
3º Piso, teléfono 33010, interno 240, Santa Rosa
Dirección
de Agricultura, con igual dependencia y sede, teléfono interno 222
Dirección
de Minería, dependiente de la Subsecretaría de Industria del Ministerio
de la Producción, Casa de Gobierno, Planta Baja, teléfono 33010, interno
335.
Dirección
de Aguas, dependiente de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos
del Ministerio de Economía, Hacienda y Obras Públicas. Sede calle Quintana
y Villegas, teléfono 33896, Santa Rosa.
Dirección
de Defensa Civil, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.
Sede calle Falucho 529, teléfono 24156
En jurisdicción Municipal:
Departamento
Medio Ambiente y Zoonosis, dependiente de la Municipalidad de Santa
Rosa. Sede: Avda. Circunvalación Santiago Marzo nº 957, teléfono 455359,
Santa Rosa.
Secretaría
de Producción, dependiente de la Municipalidad de General Pico, Avda.
San Martín 451, teléfono 434224 y 434375
En el Poder legislativo:
Comisión
de Ecología y Ambiente Humano, Legislatura provincial, Corrientes 200,
teléfonos 422488, 428351, fax 428457.
ACCIONES EN CURSO
Sede
Dirección: Av. Luro 700 1er. Piso Santa Rosa
Teléfono: (54) (2954) 428006
Fax: (54) (2954) 428006
E-mail: ecopam@lapampa.gov.ar