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Para solicitar el permiso y para renovar el mismo es necesario efectuar:
ETAPA DE SONDEO SIMPLE (Etapa I): Se realiza el cálculo teniendo en cuenta los parametros de la fuente de emisión, sin tomar en consideración las caracteristicas del medio. Al ser una estimación grosera se compara el valor encontrado con el 30% del valor de referencia. Si da mayor, debe pasarse a la segunda etapa. ETAPA DE SONDEO DETALLADO (Etapa II): Se tiene en cuenta los
parámetros de la fuente de emisión, las condiciones
atmosféricas del lugar y la presencia o no de edificaciones
y/o desniveles del terreno que puedan influir en la pluma de contaminantes,
y se toma como valor a aquel que resulta de las condiciones más
desfavorables. ETAPA DE MODELIZACIÓN DETALLADA (Etapa III): Se tiene en cuenta además, los parámetros meteorológicos de los últimos 5 años. En este caso debe elegirse la modelización adecuada a cada tipo de fuente, efluente y/o medio ambiente. Los parámetros de calidad de aire establecidos en el Decreto 3395/96 fueron modificados ulteriormente y rigen los que figuran en la Resolución 242/97. Actualmente la Autoridad de Aplicación se halla abocada a la determinación de los parámetros de concentración de fondo, los mismos son necesarios para determinar los niveles de concentración previos a la emisión. |