La generación, manipulación, transporte, almacenamiento y disposición
de los residuos de Tipo 3 estan bajo la órbita de la Ley
11.720 y su Decreto reglamentario 806/97.
Existen desde el año 1998 registros de generadores, transportistas y
tratadores en la Secretaria de Politica Ambiental de la Provincia de
Buenos Aires.
Las empresas generadoras, transportistas y tratadoras radicados en
la Provincia de Buenos Aires deben inscribirse y renovar en forma anual
el Certificado de Habilitación Especial que otorga la autoridad
de aplicación.
Independientemente de las presentaciones documentales, es requerimiento
llenar un Registro de Operaciones de Residuos Especiales firmado
por un profesional responsable.
Aquellos residuos especiales derivados a una planta recicladora convenientemente
inscripta no son cosideradas en el concepto de la tasa de residuos especiales
para el generador.
