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AUTOELEVADORES

Los autoelevadores deben reunir los siguiente elementos de seguridad:

Tener marcada en forma visible la carga máxima admisible a transportar.
Los mandos de la puesta en marcha, aceleración, elevación y freno, deben tener condiciones de seguridad necesarias para evitar su accionamiento involuntario.
Sólo pueden ser conducidos por personal capacitado.
Los asientos de los conductores deben estar construidos de manera que neutralicen en medida suficiente las vibraciones, ser cómodos y tener respaldo y apoyo para los pies.
Estar provistos de luces, frenos, dispositivos de aviso acústico- luminoso y espejos retrovisores.
Estar dotados de matafuegos acorde con el riesgo existente.
Cuando exista riesgo por desplazamiento de carga o riesgo de caída de objetos las cabinas serán resistentes.
Estar dotados de cinturón de seguridad.
Contar y llevar un plan de mantenimiento preventivo.

SEGURIDAD EN EL USO DE AUTOELEVADORES



MOVIMIENTO Y ALMACENAMIENTO DE MATERIALES:
Normas de Seguridad


PUENTES GRUA

Los puentes grúa deben cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

Contar con la carga máxima admisible marcada en el equipo, en forma destacada y fácilmente legible desde el piso del local o terreno.
Estar equipado con un dispositivo para el frenado efectivo de una carga superior en una vez y media la carga máxima admisible.
Los accionados eléctricamente deben cortar la fuerza motriz al sobrepasar la altura o el desplazamiento máximo permisible.


ASCENSORES Y MONTACARGAS

Las exigencias mínimas de seguridad que debe reunir un ascensor o montacargas son:

Todas las puertas exteriores, tanto de operación automática como manual, deben contar con cerraduras electromecánicas cuyo accionamiento sea el siguiente:

a) La traba mecánica que impida la apertura de la puerta cuando el ascensor o montacargas no esté en ese piso.
b) La traba eléctrica que provoque la detención instantánea en caso de apertura de puerta.

Todas las puertas interiores o de cabina, tanto de operación automática como manual, debe poseer un contacto eléctrico que provoque la detención instantánea del ascensor o montacarga en caso de que la puerta se abra más de 0,025 m.
Para casos de emergencia, todas las instalaciones con puertas automáticas debe contar con un mecanismo de apertura manual operable desde el exterior mediante una llave especial.
Todos los ascensores y montacargas deben contar con interruptores de límite de carrera que impidan que continúe su viaje después de los pisos extremos.
Estos límites se deben detener instantáneamente a una distancia del piso tal, que los pasajeros puedan abrir las puertas manualmente y descender normalmente.
Deben tener sistemas que provoquen su detención instantánea y trabado contra las guías en caso en que la cabina tome velocidad descendiente excesiva, equivalente al 40 ó 50% más de su velocidad normal, debido a fallas en el motor, corte de cables de tracción u otras causas.
Estos sistemas de detención instantánea deben poseer interruptores eléctricos, que corten la fuerza motriz antes de proceder al frenado mecánico descripto.
En el interior de los ascensores y en los montacargas se debe tener un dispositivo cuya operación provocará su detención instantánea.
En todos los ascensores y montacargas debeindicarse en forma destacada y fácilmente legible la cantidad de pasajeros que puede transportar o la carga máxima admisible, respectivamente.
En caso de que los ascensores cuenten con células fotoeléctricas para reapertura automática de puertas, los circuitos de este sistema deben impedir que éstas permanezcan abiertas indefinidamente, en caso en que se interponga humo entre el receptor y el emisor.
Debe impedirse que conductores eléctricos ajenos al funcionamiento se pasen por adentro del pasadizo o hueco.
Los ascensores con puertas automáticas que se instalen con posterioridad a la fecha de vigencia de esta reglamentación, deben estar provistos de medios de intercomunicación.
La sala de máquinas debeestar libre de objetos almacenados, debido al riesgo de incendios provocados por los arcos voltaicos y disponer de matafuego adecuado.

 
 
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