La ventilación en los locales de trabajo deben contribuir a mantener
condiciones ambientales que no perjudiquen la salud del trabajador.
A su vez los locales deben poder ventilarse perfectamente en forma natural.
Se establece la ventilación mínima de los locales, en función del número
de personas, según la siguiente tabla:
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VENTILACION MINIMA REQUERIDA EN FUNCION
DEL NUMERO DE OCUPANTES
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Para actividad sedentaria
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Cantidad de
personas
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Cubaje del local en
metros cúbicos por persona
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Caudal de aire necesario en metros
cúbicos por hora y por persona
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1
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3
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43
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1
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6
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29
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1
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9
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21
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1
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12
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15
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1
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15
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12
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Para actividad moderada
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Cantidad de
personas
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Cubaje del local en
metros cúbicos por persona
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Caudal de aire necesario en metros
cúbicos por hora y por persona
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1
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3
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65
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1
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6
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43
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1
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9
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31
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1
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12
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23
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1
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15
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18
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Cuando exista contaminación de cualquier naturaleza o condiciones ambientales
que pudieran ser perjudiciales para la salud, tales como carga térmica,
vapores, gases, nieblas, polvos u otras impurezas en el aire, la ventilación
debe contribuir a mantener permanentemente en todo el establecimiento
las condiciones ambientales y en especial la concentración adecuada
de oxígeno y la de contaminantes dentro de los valores admisibles y
evitar la existencia de zonas de estancamiento.
A su vez, cuando existan las anteriores condiciones de deben procurar
equipos de tratamiento de contaminantes, captados por los extractores
localizados, para favorecer al mejoramiento de las condiciones medioambientales
dentro del ámbito laboral.