Definición
La noción de enfermedad profesional se
origina en la necesidad de distinguir las enfermedades que afecta al
conjunto de la población de aquellas que son el resultado
directo del trabajo que realiza una persona, porque generan derechos
y responsabilidades diferentes que las primeras.
Entre los factores que determinan las enfermedades profesionales tenemos:
- Variabilidad biológica; en relación a un mismo riesgo o
condición patógena laboral, no todos enferman y los que enferman no
lo hacen todos al mismo tiempo y con la misma intensidad.
- Multicausalidad; una misma enfermedad puede tener distintas
causas o factores laborales y extralaborales que actúan al mismo tiempo
y que contribuye a su desencadenamiento.
- Inespecificacidad clínica; la mayoría de las enfermedades
profesionales no tiene un cuadro clínico específico que permita relacionar
la sintomatología con un trabajo determinado.
- Condiciones de exposición; un mismo agente puede presentar
efectos nocivos diferentes según las condiciones de exposición y vía
de ingresos al organismo.
Para atribuir el carácter del profesional
a un enfermedad es necesario tomar en cuenta algunos elementos básicos
que permiten diferenciarlas de las enfermedades comunes:
- AGENTE; debe existir un agente en el ambiente de trabajo
que por sus propiedades puede producir un daño a la salud; la noción
del agente se extiende a la existencia de condiciones de trabajo que
implican una sobrecarga al organismo en su conjunto o a parte del
mismo.
- EXPOSICION; debe existir la demostración que el contacto
entre el trabajador afectado y el agente o condiciones de trabajo
nocivas sea capaz de provocar un daño a la salud.
- ENFERMEDAD; debe haber una enfermedad claramente definida
en todos sus elementos clínicos anátomo - patológico y terapéutico,
o un daño al organismo de los trabajadores expuestos a los agentes
o condiciones señalados antes.
- RELACION DE CAUSALIDAD; deben existir pruebas de orden clínico,
patológico, experimental o epidemiológico, consideradas aislada o
concurrentemente, que permitan establecer una sensación de causa efecto,
entre la patología definida y la presencia en el trabajo.
La introducción, en la legislación sobre enfermedades
profesionales, de la noción de daño previo a la enfermedad estimula
la prevención porque implica una acción que la mayoría de las veces
corresponde a la empresa directamente implicada y no sólo el organismo
asegurador, que en la práctica sólo puede actuar post declaración de
la enfermedad.
Ello obliga a implementar Programas de vigilancia de la salud, identificando
los agentes y factores de riesgo, la población expuesta a ellos, la
intensidad de la exposición y los indicadores que se utilizarán para
la pesquisa precoz del daño.
Formas de enfrentar las enfermedades
profesionales
- Criterio cualitativo, consiste en establecer la lista indicativa
de las ocupaciones donde se pueda producir la exposición, sin señalar
la intensidad de la misma.
- Criterio cuantitativo, que asocia la exposición con las
disposiciones existentes acerca de los valores umbrales límite, o
concentraciones máximas permisibles de exposición.
Relación de causalidad
Para darle el carácter de profesional a una enfermedad se exige
que se haya demostrado una relación de causalidad o de asociación entre
el agente y la enfermedad. La relación de causalidad es el componente
que exige los parámetros más estrictos para establecerla, porque hay
fundamentos de diverso orden para darle el carácter de profesional a
una enfermedad y que analizamos a continuación:
- Fundamentos patológicos, se refieren a la especificidad
de un efecto biológico atribuible a la acción de un agente determinado,
es decir hay una alteración bioquímica , funcional o anatómica que
es característica del agente que la produce.
- Clínica, por los síntomas y signos, que son características
de una enfermedad atribuible a la acción de un agente dado, incluyendo
los exámenes de laboratorio y el diagnóstico por imágenes.
- Anatomo-patológica, por la existencia de lesiones histológicas
o anatómicas características de la acción de un agente dado, en los
tejidos u órganos de los sujetos expuestos.
- Experimental, la presencia , en animales de experimentación
expuestos a los agentes estudiados en condiciones semejantes a las
que se producen en el medio ambiente laboral, de efectos reproducibles
y que son semejantes o asimilables a los encontrados en el hombre.
Fundamentos epidemiológicos
Los estudios epidemiológicos permiten evaluar si las diferencias
de frecuencia de una enfermedad en un grupo ocupacional dado, respecto
a otros grupos que no están expuestos a los mismos agentes, son atribuibles
a agentes o factores del trabajo o a otros factores.
Conclusiones
Los criterios generales recomendables para el establecimiento de
una lista de enfermedades profesionales se refieren a :
- Lista de agentes, ésta debe ser amplia, incluyendo todos
los agentes químicos, físicos, biológicos y condiciones de trabajo
patógenas que se conozca fundadamente son capaces de producir un daño
a la salud.
- Condiciones de exposición, éstas deben incluir la exposición
aguda, subaguda y crónica.
- Enfermedades incorporadas, los cuadros clínicos atribuibles
a cada uno de los agentes de la lista, deben ser bien definidos, tanto
en su caracterización clínica como anátomo-patológica y claramente
referidos al tipo de exposición que los produce y los plazos entre
la exposición y la aparición de los síntomas y signos.
La forma que se propone debe adoptar esta
lista es semejante al modelo francés que contempla la creación de :
Cuadros de Enfermedades Profesionales.
Estos son designados por el agente a que se refieren
y contienen una columna con la enfermedad o las enfermedades que genera
el agente, conforme a las condiciones de exposición. La segunda columna
contiene la enumeración de los trabajos que pueden producir la enfermedad
o las condiciones de exposición.
Es recomendable tomar como base la lista de agentes propuesta por OIT,
modificada en 1991 y publicada en 1994 dentro del Repertorio de
recomendaciones prácticas sobre el registro y la notificación de los
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Las enfermedades vinculadas a los agentes serán propuestas conforme
al conocimiento existente, basándose en una lista de enfermedades reconocidas
de la OIT y también en las de algunos países como Francia, Chile y Colombia
En cuanto a la exposición se indica en forma general las ocupaciones
que la generan, sin expresar una medida cuantitativa que puede referirse
a la intensidad de la exposición o a la duración de ella.
Nota: Artículo resumido del Preámbulo
del Listado de Enfermedades Profesionales Ley 24.557 aprobado por el
Comité Consultivo Permanente ( 8 de Febrero de 1996).